Megacamiones -Autorización EMS (European Modular System)
Los megacamiones de 25,25 metros y 60 toneladas no podrán, finalmente, circular a más de 80 km/h pese a que inicialmente se planteó que su velocidad fuera la misma que la de los camiones articulados.
Asimismo, no será necesarioque los recorridos que realicen estos vehículos tengan más de 150 km de longitud, que era otro de los requisitos previstos.
Así lo ha establecido la Dirección General de Tráfico (DGT) en el Proyecto de Instrucción Técnica que establece todos los aspectos relativos a las para autorizaciones para la circulación de los megacamiones, que son legales en España desde la publicación de la normativa en el BOE el pasado 24 de diciembre.
Para poder circular por territorio español, el transportista deberá solicitar a la Jefatura de Tráfico una Autorización Especial de Circulación, denominada Autorización EMS (European Modular System), cuyos requisitos principales vienen regulados en el Proyecto de Instrucción Técnica, de los que cabe destacar los siguientes, según avanza Fenadismer.
En primer lugar, el conjunto y sus módulos deberán ir provistos de suspensión neumática, espejos o detectores para ángulo muerto, sistema de advertencia de abandono de carril, sistema de asistencia a la frenada de emergencia, sistema electrónico de control de estabilidad y sistema autónomo de frenado de emergencia o de alerta de colisión.
Además, deberá disponer de dos rotativos luminosos situados en los extremos superiores de la parte posterior del conjunto, así como la señal identificativa de vehículo largo y señalización reflectante de su contorno. Un punto no menos importante es la velocidad máxima, y se establece que podrán circular como máximo a 80 kilómetros/hora tanto en autopistas y autovías como en carreteras convencionales.
A la hora de adelantar, podrán hacerlo sin limitaciones en autopistas y autovías, mientras que en carreteras convencionales de un solo carril por sentido, no podrán adelantar a vehículos que circulen a más de 45 km/h.
Comunicación de los viajes a realizar
Los transportistas que vayan a utilizar estos vehículos, deberán comunicar por correo electrónico a la DGT en un plazo máximo de siete días cada uno de los viajes realizados, indicando hora y fecha inicial y final,itinerario recorrido y longitud del mismo.
Desde el punto de vista de las masas autorizadas, el conjunto resultante estará autorizado para una masa máxima de 60 toneladas, sin embargo, cada uno de los vehículos que integran el conjunto no podrán superar individualmente los valores límites de masas y dimensiones establecidos para el resto de vehículos de transporte en el Reglamento General de Circulación.
La masa en carga mínima autorizada sobre el eje motor será del 25% de la masa total en carga del conjunto, que podrá rebajarse al 20% si el transportista acepta participar en un estudio técnico de evaluación sobre circulación de megacamiones que va a llevar a cabo la DGT.
Una vez sea sometido a consulta el Proyecto de Instrucción Técnica, se estima que el próximo mes de febrero entre en vigor la citada norma que permitirá el otorgamiento de la autorización necesaria para la circulación de los megacamiones en España, apuntan desde la organización Fenadismer.
Nota:
Esa noticia es texto integro publicado en www.todotransporte. com el 22/01/2016: